Orden judicial exige garantizar alimentación escolar a estudiantes indígenas de Bojayá tras denuncias por suspensión del servicio


Las dificultades en la prestación del Programa de Alimentación Escolar Indígena (PAEI) en Bojayá, Chocó, llegaron a instancias judiciales después de que comunidades indígenas denunciaran la interrupción del servicio que beneficia a estudiantes de la Institución Educativa Indígena Biakiru de Punto Alegre y sus sedes adscritas.


Según la denuncia presentada por representantes de las comunidades, desde el 13 de julio de 2026 los estudiantes dejaron de recibir la alimentación correspondiente al programa, una situación que, de acuerdo con los denunciantes, comprometía su bienestar y permanencia en el sistema educativo.


Ante este panorama, la Organización para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (ODI), a través de su representante legal, Adiciliano Rubiano, promovió una acción de tutela contra la Gobernación del Chocó y su Secretaría de Integración Social, solicitando la protección de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes afectados.


El 3 de septiembre de 2026, el Juzgado Promiscuo Municipal de Fortul, Arauca, admitió la acción de tutela, identificada con el radicado 81300-4089-001-2026-00111-00, y concedió una medida provisional mediante la cual ordenó a la Gobernación del Chocó garantizar de manera inmediata la prestación del Programa de Alimentación Escolar Indígena en Biakiru de Punto Alegre y sus sedes.


La decisión judicial también solicitó información sobre la situación contractual del programa, las razones de la suspensión, las actuaciones administrativas y presupuestales adelantadas, las medidas transitorias previstas y la participación de las autoridades indígenas en los procesos de concertación.


Posteriormente, mediante comunicación del 15 de septiembre de 2026, la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar – Alimentos para Aprender (UApA) respondió a la denuncia presentada por representantes indígenas y recordó que corresponde a las entidades territoriales certificadas garantizar la prestación del servicio de alimentación escolar, atendiendo los lineamientos establecidos para las comunidades indígenas.(Ver respuesta)


En su respuesta, la entidad nacional también destacó la importancia de la concertación con las autoridades tradicionales y señaló que son estas las que, conforme a sus procedimientos internos y a los requisitos normativos, definen a quién autorizan para prestar el servicio. Asimismo, trasladó la solicitud a la Secretaría de Educación Departamental del Chocó para que emitiera una respuesta de fondo.


El caso plantea interrogantes sobre la planeación contractual del programa, la garantía de los derechos de la población estudiantil indígena y el cumplimiento de las obligaciones institucionales.


La pregunta que permanece abierta es por qué se llegó a una suspensión que motivó una orden judicial de protección y qué actuaciones concretas han adelantado las autoridades departamentales para garantizar la continuidad del servicio.


También está pendiente establecer si la medida provisional fue cumplida y cuál es la situación actual de la alimentación escolar en las comunidades afectadas.

Anexos: Decisión Juzgado Promiscuo Municipal de Fortul, Arauca

Respuesta Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar – Alimentos para Aprender (UApA)

COMUNICADO A PUÑO Y LETRA

Comparte este artículo

Deja un comentario