Consagra nuestra Constitución Política en su artículo 1, que Colombia es un estado social de derecho; en su artículo 121 dice “Ninguna autoridad del Estado podrá ejercer funciones distintas de las que le atribuyen la Constitución y la ley”.
Es nuestra carta magna, en su artículo 120 que, crea el Consejo Nacional Electoral, el cual hace parte de la Organización Electoral de Colombia.
La Ley 996 de 2005, además, de reglamentar las elecciones presidenciales, establece los requisitos de una campaña electoral (Presidencial) y ésta en su artículo 20, parágrafo dice: “La denuncia por violación de los topes de campaña deberá ser presentada dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la elección presidencial”. (Artículo éste declarado Exequible en su totalidad por la Honorable Corte Constitucional).
Recordemos que, las elecciones presidenciales para segunda vuelta, se realizaron el 19 de junio de 2022, conforme a la Resolución No. 14746 del 2 de junio de 2022, expedida por el Registrador Nacional.
Ahora bien, es el Consejo Nacional Electoral dentro del proceso investigado, quien reconoce que a través de un anónimo en febrero de 2023, aperturó la investigación de la campaña presidencial electoral del actual Presidente de la República, por violación de los topes de la campaña; es decir, siete (7) meses después, cuando de conformidad con la norma en cita, ha debido inadmitirse dicha denuncia por extemporaneidad, pero fue superior el fanatismo de los magistrados del Consejo Nacional Electoral que la inteligencia, la cordura y la razonabilidad jurídica, prefirieron con su actuación violentar la constitución, la ley y por lo tanto traspasar la frontera penal.
Además de lo anterior, raya en lo absurdo, vulgar y descarado que sea Álvaro Hernán Prada Artunduaga el magistrado ponente (Sub judice) de este proceso, quien no tuvo el decoro de declararse impedido para conocer este sumario, por cuanto, es de conocimiento público y evidente su animadversión contra el Presidente de la República, pues es uno de los esbirros y cómplices del expresidente Álvaro Uribe Vélez; precisamente contra este magistrado (Prada Artunduaga) la Sala Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia expidió resolución de acusación, por ser cómplice de compra y manipulación de testigos del Dr. Uribe Vélez, renunciando también al fuero de congresista para ser investigado por la Fiscalía General de la Nación (Institución para la época direccionada por Barbosa y muy cuestionada por cierto).